Antecedentes
históricos del marco legal de la educación dominicana
Es deber del Estado proporcionar la educación fundamental a todos los habitantes del territorio nacional y tomar las providencias necesarias para eliminar el analfabetismo. Tanto la educación primaria y secundaria, como la que se ofrezca en las escuelas agronómicas, vocacionales, artísticas, comerciales, de artes manuales y de economía serán gratuitas.
El Estado procurará la
más amplia difusión de la ciencia y la cultura, facilitando de manera adecuada
que todas las personas se beneficien con los resultados del progreso científico
y moral.
En el año 1844, la función educativa estuvo a cargo
del Ministerio de Justicia e Instrucción Pública, suprimido mediante la Ley No.
79, del 28 de enero de 1931. Luego con la Ley No. 89 del 21 de febrero del
mismo año, se asignaron las atribuciones relacionadas con la Instrucción
Pública y las Bellas Artes a la Superintendencia General de Enseñanza. El 30 de
noviembre de 1934 con la Ley 786, fue creada la Secretaría de Estado de Educación
y Bellas Artes. De esta manera el término "Instrucción" dio paso a un
término más abarcador, como es el de "Educación".
En 1965, mediante el Decreto No. 16 de fecha 4 de septiembre, le fueron transferidas a la Secretaría de Estado de Educación, las funciones relacionadas con Cultos, anteriormente adscritas a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, con lo cual asumió el nombre de Secretaría de Estado de Educación Bellas Artes y Cultos. Desde el año 1951 hasta mediado del 1997, esta Secretaría, estuvo regida en su funcionamiento por la Ley Orgánica No. 29-09, de fecha 5 de junio de 1951, la cual estableció la base normativa que rigió la vida institucional del Sistema Educativo Dominicano hasta 1997.
Con la promulgación de la Ley No. 66-97 de fecha 9 de abril de 1997, la Secretaría cambia nuevamente de nombre, adquiriendo el de Secretaría de Estado de Educación y Cultura, que luego le fue cambiado por Secretaría de Estado de Educación con la aprobación y promulgación de la Ley 41-00 de fecha 28 de junio del año 2000, que crea la Secretaría de Estado de Cultura y que transfiere la función Cultural a esa cartera. El Reglamento Orgánico de fecha 11 de agosto del 2000, es el que operativiza la Ley de Educación 66-97.
En 1965, mediante el Decreto No. 16 de fecha 4 de septiembre, le fueron transferidas a la Secretaría de Estado de Educación, las funciones relacionadas con Cultos, anteriormente adscritas a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, con lo cual asumió el nombre de Secretaría de Estado de Educación Bellas Artes y Cultos. Desde el año 1951 hasta mediado del 1997, esta Secretaría, estuvo regida en su funcionamiento por la Ley Orgánica No. 29-09, de fecha 5 de junio de 1951, la cual estableció la base normativa que rigió la vida institucional del Sistema Educativo Dominicano hasta 1997.
Con la promulgación de la Ley No. 66-97 de fecha 9 de abril de 1997, la Secretaría cambia nuevamente de nombre, adquiriendo el de Secretaría de Estado de Educación y Cultura, que luego le fue cambiado por Secretaría de Estado de Educación con la aprobación y promulgación de la Ley 41-00 de fecha 28 de junio del año 2000, que crea la Secretaría de Estado de Cultura y que transfiere la función Cultural a esa cartera. El Reglamento Orgánico de fecha 11 de agosto del 2000, es el que operativiza la Ley de Educación 66-97.
Vista la Ley General de
Educación No. 66-97 en su Capítulo I, Artículo 1: La presente ley garantiza el
derecho de todos los habitantes del país a la educación. Regula en el campo educativo, la labor del
Estado y de sus organismos descentralizados y la de los particulares que
recibieron autorización o reconocimiento oficial a los estudios que
imparten. Esta ley, además, encauza la
participación de los distintos sectores en el proceso educativo nacional.
Según el artículo 4 la
educación dominicana se fundamenta en los siguientes principios: a) La educación dominicana es un
derecho permanente e irrenunciable del ser humano. Para hacer efectivo su cumplimiento, cada
persona tiene derecho a una educación integral que le permita el desarrollo de
su propia individualidad y la realización de una actividad socialmente útil;
adecuada a su vocación y dentro de las exigencias del interés nacional o local,
sin ningún tipo de discriminación por razón de raza, de sexo, de credo, de
posición económica y social o de cualquiera otra naturaleza.
b)
Toda persona tiene derecho a participar de la vida cultural y a gozar de los
beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones.
c)
La educación estará basada en el respeto a la vida, el respeto a los derechos
fundamentales de la persona, al principio de convivencia democrática y a la
búsqueda de la verdad y la solidaridad.
d)
La educación dominicana se nutre de la cultura nacional y de los más altos
valores de la humanidad y está a su servicio para enriquecerlos.
e)
Todo el sistema educativo dominicano se fundamenta en los principios cristianos
evidenciados el libro del Evangelio que aparece en el Escudo Nacional y en el
lema “Dios, Patria y Libertad”.
f)
El patrimonio histórico, cultural, científico y tecnológico universal, y el
propio del país, son fundamentos de la educación nacional.
g)
La familia, primera responsable de la educación de sus hijos, tiene el deber y
el derecho de educarlos. Libremente,
decidirá el tipo y la forma de educación que desea para sus hijos.
h)
La educación, como medio de desarrollo individual y factor primordial del
desarrollo social, es un servicio de interés público nacional, por lo que es
una responsabilidad de todos. El estado
tiene el deber y la obligación de brindar igualdad de oportunidad de educación
en cantidad y calidad, pudiendo ser ofrecida por entidades gubernamentales y no
gubernamentales, con sujeción a los principios y normas establecidas en la
presente Ley.
i)
La educación dominicana se fundamenta en los valores cristianos, éticos,
estéticos, comunitarios, patrióticos, participativos y democráticos en la
perspectiva de armonizar las necesidades colectivas con las individuales.
j)
Es obligación del Estado, para hacer efectivo el principio de igualdad de
oportunidades educativas para todas las personas, promover políticas y proveer
los medios necesarios al desarrollo de la vida educativa, a través de apoyos de
tipo social, económico y cultural a la familia y al educando, especialmente de
proporcionara los educandos las ayudas necesarias para superar las carencias de
tipo familiar y socioeconómico.
k)
La libertad de educación es un principio fundamental del sistema educativo
dominicano, de conformidad con las prescripciones de la Constitución.
l)
Los gastos de la educación constituyen una inversión de interés social del
Estado.
ll)
La
nutrición y la salud en general son determinantes básicos para el rendimiento
escolar, por lo que el Estado fomentará la elevación de las mismas.
m)
Los estudiantes tienen derecho a recibir una educación apropiada y gratuita,
incluyendo a los superdotados, a los afectados físicos y a los alumnos con
problemas de aprendizajes, los cuales deberán recibir una educación especial.
n)
La
educación utilizará el saber popular como una fuente de aprendizaje y como
vehículo para la formación de acciones organizativas educativas y sociales, y
lo articulará con el saber científico y tecnológico para producir una cultura
apropiada al desarrollo a escala humana.
El eje para la elaboración de estrategias, políticas, planes, programas
y proyectos ene área educativa será la comunidad y su desarrollo.
ñ)
El sistema educativo tiene como principio básico la educación permanente. A tal efecto, el sistema fomentará en los
alumnos desde su más temprana edad el aprender por si mismos y facilitará
también la incorporación del adulto a distintas formas de aprendizajes.
La Secretaria de Estado de Educación tiene la Misión: Regular el Sistema Educativo dominicano de conformidad con la Ley General de Educación No. 66-97, garantizando el derecho de todos los dominicanos y dominicanas a una educación de calidad, mediante la formación de hombres y mujeres libres, críticos y creativos; capaces de participar y construir una sociedad libre, democrática y participativa, justa y solidaria, aptos para cuestionarla en forma permanente; que combinen el trabajo productivo, el servicio comunitario y la formación humanística, científica y tecnológica con el disfrute del acervo cultural de la humanidad, con la participación e integración de los distintos sectores de la sociedad, a fin de contribuir al desarrollo nacional y al suyo propio.
La Visión de la Secretaría de Estado
de Educación es: Lograr que todos los dominicanos y
dominicanas tengan acceso a una educación pertinente y de calidad, asumiendo
como principio el respeto a la diversidad, fortaleciendo la identidad cultural;
formando seres humanos para el ejercicio de una vida activa y democrática,
generando actitudes innovadoras y cambios en la sociedad y garantizando una
calidad educativa que asegure el desarrollo sostenible y la cultura de
paz.
Es bueno saber que el pueblo dominicano está recibiendo ayuda en la educación, con todos los programa que hay de alfabetización.
ResponderEliminarEs bueno saber que el pueblo dominicano está recibiendo ayuda en la educación, con todos los programa que hay de alfabetización.
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